Adjudicación de Herencia

Tanto si existe o no testamento, los herederos pueden ponerse de acuerdo para la repartición de la herencia. Se recogerá en una escritura donde se hagan constar las operaciones particionales, también contendrá la descripción de los bienes que componen la herencia, su valor, la declaración de herederos, esto es, quiénes son los herederos, qué cuota les corresponde a cada uno de ellos sobre la herencia, qué bienes se le atribuyen en pago de la cuota y su conformidad con la misma.

Esta Escritura se llama de “partición y adjudicación de herencia”.

Si no existe acuerdo entre los herederos, esta partición podrá ser impugnada judicialmente. En estos casos recomendamos que solicite los servicios de un abogado.

En Abogados Almo somos especialistas en asuntos relacionados con herencias, si desea que le asesoremos jurídicamente en este caso, puede contactar con nosotros en los teléfonos 954 900 014 – 954 908 818 o enviando un mensaje a través del siguiente formulario.

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