Nulidad Eclesiástica
La nulidad eclesiástica del matrimonio es un procedimiento que se establece en el Derecho Canónico para dar por nulo un matrimonio, si en el momento de la unión se da algunos de los supuestos que se establecen para la consideración de nulidad.
La nulidad eclesiástica puede conllevar asimismo nulidad civil del matrimonio, por los acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede. Eso si, los derechos y obligaciones derivados del matrimonio no se anularán por esta declaración (pensiones, custodia de los hijos, pensiones, etc).
Si desea que le representemos legalmente a la hora de solicitar la nulidad eclesiástica, puede ponerse en contacto con nosotros en los teléfonos 954 900 014 – 954 908 818. O bien enviando un mensaje a través del siguiente formulario.